COMUNICADO DEL GESPyDH

La pretendida “emergencia” penitenciaria del Ministerio de Justicia es una grave emergencia en materia de derechos humanos de presos y presas.

Ni el poder ejecutivo ni el poder judicial podrán “solucionar” aquello que ellos mismos “producen”.

En el día de ayer el Ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, declaró la “emergencia en materia penitenciaria” del Servicio Penitenciario Federal por un lapso de tres años.

La expansiva progresión del encarcelamiento en el SPF se expresa en el crecimiento del 30% de personas detenidas en los últimos tres años, con una sobrepoblación “oficial” que alcanza el 12%. Según el documento presentado por el gobierno: «En razón de las políticas exitosas de seguridad pública y, consecuentemente, de persecución del delito para combatir la inseguridad ciudadana y el crimen organizado implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional (…) dicho porcentaje seguirá incrementándose sustancialmente durante el año en curso” (el resaltado es nuestro)[1]. Ante esto el Ministro Garavano creó una “comisión” especial convocando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Cámara Federal de Casación Penal, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, la Procuración Penitenciaria de la Nación, la Comisión de Cárceles del Ministerio Público de la Defensa y la Procuración General de la Nación, e invita también a representantes de los ministerios de Hacienda, Interior, Obras Públicas y Vivienda y de Seguridad[2].

Según el Ministro, los objetivos de esa comisión serán los de «resolver el déficit habitacional en el Servicio Penitenciario Federal, mejorar las condiciones de privación de la libertad y promover e implementar medidas alternativas a la privación de la libertad, especialmente para grupos vulnerables»[3]. La declaración de emergencia agrega con cierto cinismo que: «A pesar de los esfuerzos realizados, el déficit habitacional persiste y, según lo señalado por el Servicio Penitenciario Federal, puede afectar las condiciones de salubridad y añadir factores de violencia intracarcelaria» (resaltado es del original).

En las cárceles de Argentina y en este caso, en las cárceles federales se violan sistemáticamente los derechos humanos. Afirmación que respaldamos en investigaciones e informes desde hace más de 15 años, los que ningún gobierno -y menos el actual- ha podido refutar. Sr. Garavano: más personas presas significa más tortura y malos tratos ejercidos sistemáticamente por el personal penitenciario. Es más violencia por parte del Estado: es más aislamiento, agresiones físicas, falta de alimentación, falta de asistencia a la salud, más requisas vejatorias, amenazas, pésimas condiciones materiales de detención, traslados gravosos y desvinculación familiar y social. Y claro, también es más impunidad para los funcionarios que ejercen estas violencias cotidianas contra miles y miles de personas detenidas.

No hay “emergencia” penitenciaria. Lo que hay es un sistema policial, judicial y administrativo penitenciario que captura y retiene a grupos humanos degradados dentro del dispositivo carcelario en el marco de un orden económico, político y social, violento y desigual. La solución no son más cárceles, ni dos camas por celda, ni comisiones de “expertos”. La solución es que los jueces y las juezas limiten el uso de la prisión preventiva y otorguen la libertad (transitoria, asistida, condicional) a los miles de presos y presas que estando en condiciones de acceder a los mal llamados “beneficios”, siguen retenidos en una maquinaria de producción de degradación humana y violación a los derechos humanos como es la cárcel. La solución es que esos jueces y juezas no condenen a personas por delitos de insignificancia a prisión efectiva, por 30 días, 3 meses, 8 meses o 1 año. ¿Hacen eso para resocializarlos?, ¿en tan poco tiempo?  Sr. Garavano: ya nadie discute que la cárcel no resocializa, solo castiga, produce indignidad y delincuencia. Hágase cargo de eso.

En esta perspectiva, es imperativo hacer algunos señalamientos frente a esta “nueva” emergencia penitenciaria:

  • El recurso de las “crisis” y “emergencias” penitenciarias[4] es un mecanismo habitual en las últimas décadas para justificar el avance de obras y la construcción de nuevas cárceles, con mecanismos laxos en cuanto a las adjudicaciones y licitaciones, que facilitan grandes negocios a los contratistas del estado.
  • Las “emergencias” suponen un estadio excepcional y transitorio de un sistema carcelario que así aparece como “reformable”, pero que sólo “justifica” la persistencia de estos sistemas de producción de crueldad.
  • Sin embargo, la lógica de las emergencias y los comités de crisis termina por opacar aquello que es claro y no ha podido ser nunca refutado con investigaciones empíricas y rigurosas: la cárcel fue, es y será un espacio de tortura y violencia que gestiona a los sectores marginales de una sociedad basada en la desigualdad. El protagonismo expansivo y expresivo del sistema carcelario devela su funcionamiento en el marco del control y la regulación del orden social, antes que coyunturales “crisis de funcionamiento” susceptibles de ser reformadas en pos de una cárcel que garantice la dignidad y los derechos humanos de los y las presos/as.
  • La principal responsabilidad en el incremento masivo de personas presas en el SPF es de los y las jueces/as del fuero penal nacional y federal, quienes deciden día a día el envío de un número creciente de personas a la cárcel bajo medidas cautelares de prisión preventiva, por delitos menores, claramente insignificantes de escaso o nulo impacto en la “lucha contra la criminalidad” y con condenas cortas; todas ellas intervenciones “estatales” del entramado judicial-penitenciario que solo produce daño en la integridad física, psíquica y biográfica de esas personas en el falaz “combate a la inseguridad urbana”, configuración en la que confluyen las agencias policial-judicial-carcelaria.

Por ello desde el GESPyDH decimos, una vez más, que los discursos del poder son grotescos y cínicos. Son discursos que dañan. Son discursos que producen violencia.

Decimos que no hay una “emergencia”, los actores que la producen no pueden ni quieren “solucionar” esta expansión del sistema carcelario, porque se trata del resultado de sus propias prácticas cotidianas (silenciosas, rutinarias, persistentes y asimiladas al funcionamiento judicial), prácticas a través de las cuales se promueven estas crisis o emergencias. Esos mismos actores ¿dicen que la quieren controlar? Ellos conocen y saben de la indignidad del encierro carcelario. No hay emergencia, hay decisión política de expandir el encierro punitivo con más recursos económicos para construir más cárceles. De eso se trata su emergencia, Sr. Ministro. 

En una administración del poder ejecutivo que concibe como un logro exitoso de gestión en materia de “seguridad” el mayor encarcelamiento histórico en el ámbito federal, esta declaración significa que nada de esa crisis y emergencia supondrá más que legitimar la expansión de un estado punitivo que articula a través de la violencia judicial y penitenciaria la organización diferencial de los grupos sociales excedentarios. Y no mientan más: más encarcelamiento, no es más seguridad.

Más cárcel y más expertos en comisiones de crisis es una respuesta cínica. La verdadera emergencia es, hace ya varios años, en materia de derechos humanos de los miles de presos y presas en Argentina sometidos a la tortura y a procesos de degradación y violencia.

Buenos Aires, 26 de marzo de 2019


[1] Fuente: Diario Perfil, 26/3/19

[2] Para ver el texto completo de la Resolución 184/2019: https://www.diariojudicial.com/public/documentos/000/083/610/000083610.pdf

[3] Fuente: Diario Perfil, 26/3/19

[4] Al respecto, véase Andersen y Bouilly (2017) “El fetiche de las emergencias penitenciarias”, disponible en: http://revistabordes.com.ar/el-fetiche-de-las-emergencias-penitenciarias/

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